Estimados clientes,
Con voluntad de hacer más fácil el acceso a las ayudas más importantes a que pueda tener derecho los detallamos:
SEGURIDAD SOCIAL
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Aplazamiento cuotas de Abril a Junio 2020. Hay que solicitarlo ya. Primeros 10 días de cada mes. Interés 0,5%.
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Moratoria pendiente de regular, a partir de Mayo.
AUTÓNOMOS
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Aplazamiento cuotas de Abril a Junio 2020. Hay que solicitarlo ya. Primeros 10 días de cada mes. Interés 0,5%.
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Moratoria pendiente de regular, a partir de Mayo.
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Ayuda estatal, derecho a una percepción del 70% de la base de cotización por cierre de actividad por el Decreto del Estado de Alarma o para ver reducida su actividad en un 75%.
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Ayuda Generalidad de Cataluña, máximo de 2.000€ en función de la base de cotización, si no tienen más ingresos o ayudas.
LABORAL
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Expedientes de regulación de ocupación por actividad suspendida por el Decreto del Estado de Alarma, mientras dure el estado de alarma exonerados de cotizar Seguridad Social y pagar los sueldos.
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Expediente de regulación de ocupación por causas productivas y similares. Se cotiza 100% Seguridad Social y el paro cubre el 70% de los sueldos afectados.
FINANCIACIÓN
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Líneas ICO.- Las entidades bancarias han comenzado a ofrecer líneas específicas para la afectación del COVID-19. Consulte su banco.
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Líneas Instituto Catalán de Finanzas (ICF).- Está abriendo varias opciones con coordinación con el Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña, consulte su página web.
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Créditos no hipotecarios.- Las entidades financieras proponen varias soluciones en función del perfil del cliente.
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Se pueden suspender temporalmente los contratos de suministros (luz, gas…), consulte con su proveedor.
HIPOTECAS
En el caso de hipotecas sobre la vivienda habitual o sobre inmuebles donde se desarrolle la actividad económica, se puede pedir moratoria a la entidad financiera y no tributará ITP.
TRIBUTOS
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Impuestos estatales (IVA, Retenciones, pagos a cuentas Impuesto de Sociedades…).- Se presentarán dentro de plazo con posibilidad de aplazar hasta 30.000€ por 6 meses, 3 sin intereses y el resto al 3,75%.
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Impuestos Generalidad de Cataluña.- Suspendidos mientras dure el estado de alarma. No hay que hacer nada.
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Locales.- Cada ayuntamiento ha hecho lo que ha creído conveniente, la medida más generalizada es suspenderlos hasta nueva orden.
ALQUILERES
Los grandes propietarios que tengan más de 10 inmuebles en alquiler, tendrán que conceder una reducción del 50% del alquiler, mientras dure el estado de alarma y sus efectos y máximo por cuatro meses, a sus arrendatarios que estén en situación de vulnerabilidad. Siempre que sea su vivienda habitual.
Como alternativa puede darse una moratoria de máximo cuatro meses.
COMERCIO MINORISTA
Ayudas hasta el 100% de las actuaciones para retomar la actividad. Departamento de Empresa y Conocimiento.
TURISMO
Ayuda para negocios con menos de 500.000€ de facturación y con no más de 5 trabajadores. Dados de alta en el Registro Turístico de Cataluña. Hay que justificar el importe causado por el COVID-19. Departamento de Empresa y Conocimiento.
VULNERABILIDAD ECONÓMICA
Se trata de un colectivo de personas con ayudas muy específicas pero que deben cumplir unas condiciones: parado, empresario con caída importante de ventas (más 40%), unidad familiar con ingresos el mes de Febrero inferiores a 1.646€ o que la hipoteca más los suministros básicos superen el 35% de los ingresos netos.
Reiterando nuestra voluntad de servicio en caso de aclaraciones al respecto no dude en contactarnos.