Estimados clientes,
Queremos hacer un recordatorio del nuevo sistema de cotización de los autónomos que se inició a principios de este 2023, que consiste en estas obligaciones:
- Comunicar todas las actividades realizadas como autónomos.
- Cotizar en función de los rendimientos obtenidos. Por eso, es necesario saber la totalidad de los rendimientos netos obtenidos en el año natural.
Ante variaciones en los rendimientos, puede cambiarse la declaración de rendimientos netos hasta 6 veces dentro del mismo ejercicio.
Las bases de cotización tendrán carácter provisional, hasta que se regularice la cotización anual (aproximadamente en el mes de abril). Esto significa que la Agencia Tributaria informará de sus rendimientos reales de todo el ejercicio anterior a la Tesorería de la Seguridad Social, pudiéndose dar dos situaciones:
- Notificación de que debe ingresar la cantidad de cotización que ha dejado de ingresar (sus rendimientos son superiores a los cotizados) – durante el mes siguiente de recibir la notificación, sin intereses.
- Reintegro de las cantidades indebidas – antes del 30 de abril de 2025.
Para llevar a cabo estas obligaciones necesitamos:
- Certificado electrónico de persona física.
- Saber rendimientos netos de todas las actividades realizadas como autónomos durante el 2023.
Se determinan de la siguiente forma:
+ Ingresos de todas las actividades
– Gastos de todas las actividades
+ Cuotas de autónomos de la Seguridad Social
Al resultado se le resta un 3% (Autónomo societario) o 7% (Autónomo propio).
Para llevar adelante estos cambios, se pueden poner en contacto antes del día 20 de diciembre de 2023 por las cuotas a pagar a partir de enero de 2024, con las siguientes personas de los Departamentos Laborales:
- GIRONA: Mariela Torres (mtr@bouassociats.com) y Maria Casillas (mcc@bouassociats.com).
- PUIGCERDÀ: Judith Puntí (jpl@bouassociats.com).
- FIGUERES: Corina Chira (ccx@bouassociats.com).
- RIPOLL: Emma Sala (emma@acfa-bou.com).