SUMARIO

  1. El nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
  2. El valor de referencia que se toma como base imponible en el ITP y AJD no prevalecerá como valor de transmisión en el IRPF si este es inferior.
  3. El Tribunal Constitucional abre la puerta a revisar liquidaciones firmes de plusvalía cuando se vendió en pérdidas.
  4. El Tribunal Supremo reitera su criterio sobre la compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades.
  5. Resulta desproporcionado negar absolutamente el derecho a deducir los gastos ocasionados por un bien cuando no está afecto exclusivamente a la actividad.
  6. Renovación del certificado electrónico de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

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