Sí. Si a la hora de vender un bien o prestar un servicio te han solicitado que la factura se expida a nombre de varios destinatarios, estos están en su derecho.
Además, en este caso en la factura deberá indicarse la proporción de base imponible y cuota repercutida a cada uno, requisito indispensable para que los destinatarios puedan proceder a la deducción del IVA que les corresponda, como indica el artículo 97 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que respecto de los requisitos formales de la deducción, en su apartado cuatro establece lo siguiente:
Cuatro. Tratándose de bienes o servicios adquiridos en común por varias personas, cada uno de los adquirientes podrá efectuar la deducción, en su caso, de la parte proporcional correspondiente, siempre que en el original y en cada uno de los ejemplares duplicados de la factura se consigne, en forma distinta y separada, la porción de base imponible y cuota repercutida a cada uno de los destinatarios.
En desarrollo de este precepto y en idénticos términos se expresa el artículo 14 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, que sobre los duplicados de las facturas indica:
2. La expedición de ejemplares duplicados de los originales de las facturas únicamente será admisible en los siguientes casos:
a) Cuando en una misma entrega de bienes o prestación de servicios concurriesen varios destinatarios. En este caso, deberá consignarse en el original y en cada uno de los duplicados la porción de base imponible y de cuota repercutida a cada uno de ellos.
Por tanto, a la hora de justificar documentalmente una entrega de bienes o una prestación de servicios en la que existe más de un destinatario, debemos reflejar a todos ellos en la factura, así como la proporción existente para repartir entre ellos la base imponible y la cuota repercutida correspondiente, que salvo comunicación en contra será por partes alícuotas.
Esta casuística suele darse en la compraventa de inmuebles o en la prestación de servicios relacionados con los mismos.
Si el programa que utilizas para facturar no permite reflejar más de un destinatario, una solución es indicar a uno de los destinatarios y añadirle la expresión “y otros”, mientras que en el apartado de observaciones u otra información se indican todos los destinatarios y la proporción existente.
Esta sería también la forma de anotar las facturas que incluyan varios destinatarios en el Suministro de Información Inmediata del IVA (SII), de tal forma que se identificará como destinatario a uno de ellos y se marcará el campo “factura con varios destinatarios”.
Otra alternativa utilizada por los empresarios y profesionales que se enfrentan a esta problemática es emitir tantas facturas como destinatarios haya, dividiendo el importe total entre el número de ellos. Esta forma de actuar puede parecer lógica, sobre todo a la hora de conciliar esta información en los distintos modelos tributarios (347) pero no está sustentada en la normativa fiscal.