SUMARIO
- Desde el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad hasta su inscripción en el Registro Mercantil no procede la sujeción de la entidad al Impuesto sobre Sociedades, sino que sus socios deberán tributar mediante atribución de rentas en el IRPF.
- El Tribunal Económico Administrativo Central unifica criterio en torno al cómputo de la exención contenida en el artículo 7.P) LIRPF para el caso de las retribuciones no específicas.
- El principio de regularización íntegra obliga a la administración a tener en cuenta todos los elementos obtenidos en la comprobación de los ejercicios prescritos, ya sean favorables o desfavorables para el contribuyente, a la hora de regularizar los ejercicios no prescritos.
- La entrada y registro de un inmueble sin previo aviso y la congelación de cuentas bancarias pueden ser contrarias al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
- Imputación temporal de las operaciones a plazos en el Impuesto sobre Sociedades: diferencias con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Un intento de reinversión frustrado no impide aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
- El TEAC determina la competencia de los órganos de gestión tributaria para comprobar la correcta aplicación del régimen de estimación objetiva en IRPF. Unificación de criterio.
- Implicaciones fiscales para las indemnizaciones de seguros.
- Tributación en el IRPF por el alquiler de pisos turísticos.